Mostrando entradas con la etiqueta Rawls. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Rawls. Mostrar todas las entradas

martes, 8 de septiembre de 2026

El pluralismo como proyecto ético

1. Unos mínimos morales compartidos

Las exigencias mínimas de justicia en las que ya están de acuerdo las distintas concepciones morales de vida buena, son unas exigencias que hemos aprendido históricamente porque, como dice Jürgen Habermas, las sociedades no sólo aprenden técnicamente, sino también moralmente. Ese aprendizaje es similar al que realiza un niño que, aunque al principio le parece justo aquello que le conviene y más tarde lo que conviene a su sociedad, acaba considerando como justo lo que conviene a cualquier persona. Por eso, para juzgar si una norma es justa, intenta ponerse en el lugar de cualquier otro.

Esto ha ocurrido también en las sociedades occidentales, que en realidad, cuando hablan sobre lo que es justo e injusto, consideran justas aquellas normas que favorecen a todos los afectados por ellas aunque después las infrinjan frecuentemente. Con lo cual hay unos mínimos de justicia con respecto a los cuales ninguna sociedad quiere retroceder, al menos verbalmente. Esos mínimos componen lo que Adela Cortina denomina una ética cívica.

2. Valores mínimos de la ética cívica

a -  La libertad entendida:

b -  La igualdad, que es:

c -  La solidaridad. En un mundo de desigualdades naturales, que se pueden paliar pero no eliminar del todo (siempre hay enfermos, débiles), es imposible que todas las personas sean libres e iguales sin solidaridad. Pero la solidaridad exige dos tipos de acción:

d -  La tolerancia o el respeto activo de aquellas concepciones de felicidad que no compartimos.

e -  Una actitud dialógica para resolver los problemas.



3. Unos máximos activamente respetados

Son sociedades pluralistas aquellas en las que exigimos moralmente unos mínimos y respetamos activamente unos máximos.

Nos referimos con "máximos" a los ideales de vida buena, a los proyectos de felicidad que ofertan las distintas concepciones morales, es decir, los distintos modos de concebir al ser humano, su historia y su realización. Estas concepciones, que han ido "haciéndose" históricamente en convivencia, han llegado ya a compartir los mínimos de una ética cívica en lo que John Rawls llama un "consenso solapante", pero los fundamentan desde premisas diferentes. Es esencial entonces potenciar esos mínimos que ya unen a todos y les permiten construir su mundo juntos y respetar activamente las premisas que dan vida a cada concepción.    


domingo, 17 de marzo de 2024

Valores básicos del pluralismo moral

1. Unos mínimos morales compartidos

Las exigencias mínimas de justicia, en las que están de acuerdo las distintas concepciones morales de vida buena de una sociedad pluralista, son unas exigencias que hemos aprendido históricamente porque, como dice Jürgen Habermas, las sociedades no sólo aprenden técnicamente, sino también moralmente. Ese aprendizaje es similar al que realiza un niño que, aunque al principio le parece justo aquello que le conviene y más tarde lo que conviene a su sociedad, acaba considerando como justo lo que conviene a cualquier persona. Por eso, para juzgar si una norma es justa, intenta ponerse en el lugar de cualquier otro.

Esto ha ocurrido también en las sociedades occidentales, que, en realidad, cuando hablan sobre lo que es justo e injusto, consideran justas aquellas normas que favorecen a todos los afectados por ellas aunque después las infrinjan frecuentemente. Con lo cual hay unos mínimos de justicia con respecto a los cuales ninguna sociedad quiere retroceder, al menos verbalmente. Esos valores básicos componen lo que se llama la ética cívica.

2. Los valores de la ética cívica

Si nos preguntamos qué valores se necesita mantener y fomentar para que sea posible el pluralismo moral, lo primero que descubrimos es que no vale todo: algunos valores pueden servir como marco de convivencia pacífica y justa entre seres humanos, mientras que otros no sólo no sirven, sino que pueden ser un obstáculo para esa convivencia. Por eso, una detenida reflexión sobre los valores que pueden formar parte de la ética cívica muestra que, como mínimo, se precisas los cinco valores siguientes:

※ La libertad, entendida como:

  • Como autonomía moral: Cada persona es muy libre de querer unas cosas u otras, siempre que no dañe a los demás. La sociedad está obligada a ayudarle a descubrir qué es lo que realmente quiere y a no impedirle llevarlo a cabo.
  • Como autonomía política: Cada ciudadano está legitimado para participar activamente en su comunidad política.

※ La igualdad, que es:

  • Eliminación de la dominación: Ningún individuo ni grupo de individuos puede poseer un bien dominante, es decir, un tipo de bien tal que, si se posee, se poseen con él todos los demás. Por ejemplo, que mediante el poder político se pueda poseer también el económico, el cultural, incluso la belleza, o que el bien dominante sea el poder económico.
  • La igualdad exige que cada persona pueda disfrutar de una cantidad razonable de cada uno de los bienes y además destacar en algunos de ellos. Prohíbe que algunas personas se apoderen de todos los bienes en grado máximo.
  • Cada persona ha de tener el mínimo material, social y cultural para desarrollar una vida digna: un ingreso suficiente, educación, vivienda, asistencia sanitaria, ayuda en la enfermedad y vejez...
  • Igualdad de oportunidades para ocupar cargos y empleos, disminuyendo las desigualdades naturales y sociales en que nacemos.
  • La sociedad ha de procurar que todas las personas alcancen un razonable nivel de autoestima: que tengan una valoración positiva de sí mismas como personas que pueden llevar adelante con éxito proyectos de vida permisibles.

Desahucios en Francia en 2013


 ※ La solidaridad: En un mundo de desigualdades naturales, que se pueden paliar, pero no eliminar del todo (siempre hay enfermos, débiles), es imposible que todas las personas sean libres e iguales sin la solidaridad de los demás. Pero la solidaridad exige dos tipos de acción:

  • Apoyar al débil para que alcance la mayor autonomía y autoestima posibles.
  • Explotar al máximo los propios talentos en provecho del grupo y de la sociedad.
Las sociedades occidentales actuales han alcanzado algunos logros de solidaridad que se consideran irrenunciables porque benefician a todos los ciudadanos: la extensión de la enseñanza obligatoria y gratuita, el derecho a la asistencia sanitaria, un sistema de pensiones para los jubilados, etc.

※ La tolerancia o el respeto activo de aquellas concepciones de felicidad que no compartimos. Decimos «respeto activo», y no sólo «tolerancia», porque la sola tolerancia tiene el inconveniente de poder convertirse fácilmente en indiferencia, y entonces más que interesarnos por que los otros puedan vivir según sus convicciones y sus criterios, caemos en el desinterés, en dejar que cada uno se las componga como pueda. Por eso la tolerancia, así entendida, es todavía un valor bastante inferior al verdaderamente positivo, que más que tolerancia es respeto activo.
Consiste el respeto activo en el interés por comprender a otros y por ayudarles a llevar adelante sus planes de vida. En un mundo de desigualdades, en que unos son más fuertes que otros en determinados aspectos, sin un respeto activo es imposible que todos puedan desarrollar sus proyectos de vida, porque los más débiles rara vez estarán en condiciones de hacerlo.

※ Una actitud dialógica para resolver los problemas. A lo largo de la historia hemos ido comprobando que la manera más humana de resolver los problemas es el diálogo. Porque la violencia no sólo no resuelve los problemas, sino que las más de las veces inicia una imparable espiral de violencia; las imposiciones dictatoriales producen un daño ya en el presente y además generan sentimientos de odio y venganza que puede durar siglos. Pero el diálogo sólo puede ser considerado un valor si se toma realmente en serio, respetando las reglas básicas de equidad y respeto mutuo que los diferencian de un simple intercambio de monólogos.

3. Unos máximos activamente respetados

Son sociedades pluralistas aquellas en las que exigimos moralmente unos mínimos y respetamos activamente unos máximos.
Los valores máximos son los ideales de vida buena, los proyectos de felicidad que ofrecen las distintas concepciones religiosas y filosóficas, es decir, los distintos modos de concebir al ser humano, su historia y su posible realización plena. Estas concepciones, que han ido haciéndose históricamente en convivencia, han llegado ya a compartir los mínimos de una ética cívica en lo que John Rawls llama un «consenso entrecruzado», pero los fundamentan desde premisas diferentes. Es esencial entonces potenciar esos mínimos que ya unen a todos y permiten construir un mundo juntos y respetar activamente las premisas que dan vida a cada concepción.

Los valores éticos en los que coinciden las religiones

➀ Compromiso a favor de una cultura de la no-violencia y respeto a toda vida.
➁ Compromiso a favor de una cultura de la solidaridad y de un orden económico justo.
➂ Compromiso a favor de una cultura de la tolerancia y un estilo de vida honrada y veraz.
➃ Compromiso a favor de una cultura de igualdad y camaradería entre hombre y mujer.

II Parlamento de las Religiones del Mundo, Chicago 1993
Declaración Hacia una ética global: una declaración inicial

domingo, 10 de julio de 2022

¿Podemos desobedecer la ley?

Si entendemos la "democracia" como sinónimo de "regla de la mayoría", ¿deben las minorías obedecer las leyes dictadas por la mayoría?

Y si las decisiones democráticas se validan por lo que opina la mayoría, ¿por qué entonces debemos respetar a la minoría que piensa diferente?


Desobedecer la leyes promulgadas por un dictador no supone ningún cuestionamiento moral. Igualmente ocurre cuando las leyes hayan sido promulgadas por un sistema democrático, pero no han cumplido las condiciones mínimas para su aprobación. Por tanto, la cuestión filosófica central sería si es moralmente razonable negarse a obedecer leyes vigentes en un sistema democrático; o mejor dicho: ¿ cuándo sería moralmente aceptable desobedecer las leyes vigentes en un estado democrático de derecho ?


1. Objeción de conciencia y desobediencia civil

Las Constituciones modernas recogen la posibilidad de realizar una objeción de conciencia, es decir, negarse a cumplir ciertas leyes por motivos morales o religiosos. Por estar en la propia ley, la objeción de conciencia es un derecho y es, obviamente, legal.

Diferente es cuando hablamos de desobediencia civil, que se refiere a la posibilidad de que un ciudadano o grupo de ciudadanos se opongan de forma justificada a las leyes vigentes en su país y no las acaten. Como decíamos más arriba, la desobediencia no presenta ningún problema cuando las leyes han sido promulgadas por un dictador, o cuando el procedimiento democrático no ha cumplido las exigencias legales. Entonces estaríamos ante un autoritarismo, un abuso de la autoridad, y el derecho de resistencia estaría justificado. Por tanto, la posibilidad de desobedecer al derecho aduciendo argumentos sólo aparece como problema moral en un régimen democrático, que representa, así se supone, la voluntad de todos los ciudadanos.

2. La desobediencia civil en la democracia

Las diferentes formas en que puede darse la desobediencia civil (la insumisión, la objeción fiscal, los cortes de carretera o encierros...) no deben considerarse un peligro para la democracia. Más bien, al contrario, se pueden considerar como unos de los rasgos básicos del sistema democrático. Precisamente porque las razones que se presentan para justificar su acción se remiten a los valores que legitiman el Estado de derecho, esto es, a su núcleo moral. En definitiva, se remiten a la idea de que las leyes sólo se legitiman o justifican por el consentimiento libre y voluntario de todos los implicados. Estamos pues ante la necesidad de distinguir entre la obligación moral y la obligación política, es decir, entre los derechos de las personas y los deberes de los ciudadanos.

La importancia de la desobediencia civil radica en que suele ser la última oportunidad para corregir los errores en el proceso de elaboración y aplicación de las leyes. También es importante porque puede servir para presionar hacia una determinada reforma política. De ahí que, de acuerdo con Habermas, podamos considerar la desobediencia civil como una forma de defender la legitimidad, y en cuanto tal debe incluirse en el patrimonio irrenunciable de una cultura política madura.

Es evidente que nunca puede existir la posibilidad legal de desobedecer al derecho, pues sería contradictorio. Por lo tanto, desobedecer al derecho siempre será un delito. Pero si el propio sistema permite cometer el "delito" de desobedecer al derecho, cuando éste ponga en peligro el respeto de las minorías, estaríamos entonces calibrando el grado de democracia alcanzado en cada país.




3. Condiciones para una desobediencia civil justificada

Autores como Rawls y Habermas se han ocupado de establecer las condiciones necesarias para que un acto de desobediencia civil pudiera estar justificado. Estas condiciones pueden resumirse en las siguientes:

1) Tiene que estar moralmente justificada, y para ello no vale el mero recurso de creencias privadas o intereses propios.

2) Tiene que ser un acto público, anunciado de antemano y cuya ejecución sea conocida y calculada por las autoridades.

3) Incluye un propósito de violación de las normas jurídicas concretas, sin poner en cuestión el ordenamiento jurídico en su totalidad.

4) Requiere la disposición a admitir las consecuencias que acarree dicha violación.

5) Tiene un carácter simbólico, es decir, no violento. Debe respetar la integridad física y moral de las personas implicadas o de terceras personas.

6) Su carácter público implica igualmente una dimensión pedagógica. Debe tener el compromiso de explicar a los ciudadanos el porqué de su actuación.